La justicia europea respalda la macrodemanda de Adicae contra más de 100 bancos por cláusulas abusivas

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) ha dado luz verde a la macrodemanda interpuesta por Adicae contra más de 100 bancos en España por el uso de cláusulas hipotecarias abusivas. El poder judicial comunitario considera que nada impide examinar la transparencia de estas cláusulas en una demanda colectiva en la que participan más de 800 partes afectadas.

Este caso volverá ahora al Tribunal Supremo español, que deberá tomar una decisión final, teniendo en cuenta los precedentes que ya han declarado abusivas estas cláusulas. Según Adicae, la sentencia de la Audiencia Nacional debería reflejar la jurisprudencia existente sobre la falta de transparencia en la comercialización de estas cláusulas.

Las cláusulas en cuestión, habituales en las hipotecas a tipo variable, fijan un suelo al tipo de interés aplicable, evitando así que el tipo de interés real caiga por debajo de ese umbral, aunque el Euribor lo permita. Por ejemplo, si la cláusula especifica un tipo de interés mínimo del 1%, pero el Euribor es más bajo, el préstamo no podrá devengar intereses inferiores al 1%.

Este conflicto lleva más de una década, cuando Adicae lanzó una demanda colectiva contra 101 empresas financieras en España. Tras diversos procesos de consolidación bancaria, el número de empresas demandadas se redujo a más de 40.

Adicae exige a estas empresas el reembolso de las cantidades pagadas en exceso como consecuencia de la aplicación de estas cláusulas. La asociación ya ha ganado dos casos en España con esta macrodemanda y el asunto llegó al Tribunal Supremo, que planteó una cuestión prejudicial al TJCE para determinar si era posible valorar la transparencia de estas cláusulas en una demanda colectiva tan completa. Ahora el TJUE ha confirmado que esto es posible.

El TJUE ha determinado que nada en la Directiva impide la revisión judicial de la transparencia en el contexto de una demanda colectiva. Este control debe adaptarse a las especificidades de las demandas colectivas y centrarse en las prácticas contractuales y precontractuales habituales del comerciante en relación con el consumidor medio, como señala el poder judicial europeo, destacando que la demanda colectiva de Adicae afecta a más de 800 consumidores.

El TJCE señala que deben cumplirse determinadas condiciones para que las cláusulas se apliquen conjuntamente. En primer lugar, la demanda debe dirigirse contra profesionales del mismo sector. En segundo lugar, las cláusulas pertinentes deben ser similares, incluso si los contratos se firmaron en momentos diferentes o bajo regímenes regulatorios diferentes.

La heterogeneidad de los usuarios en la macrodemanda ha llevado a considerar la figura del consumidor medio sin entrar en casos individuales. El Tribunal Supremo debe evaluar cómo ha evolucionado la percepción del consumidor medio a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta factores como la caída de los tipos de interés y sentencias judiciales anteriores.

Adicae señaló que “estábamos esperando con impaciencia esta decisión tras el dictamen del Abogado General del TJUE en enero de este año”, criterio que finalmente aceptó el Tribunal. Adicae reitera que los tribunales deben aplicar un control de transparencia a estas cláusulas abusivas, incluso en el contexto de una demanda colectiva que involucra a miles de participantes, y que todos los afectados deben ser indemnizados desde el primer momento de la aplicación de estas cláusulas abusivas.

Otra asociación de consumidores, Asufin, también celebró la sentencia del TJCE y destacó que “la defensa colectiva contra cláusulas no transparentes abre la puerta a litigios masivos contra bancos, empresas financieras e incluso grandes empresas tecnológicas”. Asufin cree que esta sentencia fomenta la acción colectiva y cuestiona la teoría de que las cláusulas abusivas deben cuestionarse caso por caso.

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By Andrea Pheels